Un reconocido boliche de Playa Grande, Quba Café de Mar, deberá indemnizar con 60 millones de pesos a un joven que sufrió lesiones graves en 2017. La decisión fue tomada por el Juzgado Civil y Comercial N° 4 de Mar del Plata, que responsabilizó al establecimiento y a su aseguradora por los daños causados. Este caso ha generado un amplio debate sobre la responsabilidad de los locales de entretenimiento nocturno en la seguridad de sus clientes, especialmente en un contexto donde el consumo de alcohol puede incrementar el riesgo de situaciones violentas.
Detalles del caso
El incidente ocurrió el 17 de marzo de 2017, durante las celebraciones de San Patricio, una festividad que atrae a numerosos jóvenes y turistas a la ciudad de Mar del Plata. En un ambiente festivo, un joven de 21 años fue atacado con un objeto cortante, presumiblemente un vaso de vidrio, dentro del local. Este ataque se produjo en un momento de alta afluencia de público, lo que generó una situación caótica y dificultó la intervención de los servicios de emergencia. El agresor nunca fue identificado, lo que dejó al joven con cortes profundos en el rostro y secuelas permanentes que han afectado su vida cotidiana.
La celebración de San Patricio es conocida por su ambiente festivo y la gran afluencia de personas a bares y boliches, lo que puede generar un incremento en el consumo de alcohol y, por ende, en el riesgo de altercados. En este contexto, la seguridad en los locales nocturnos se convierte en un tema crucial, ya que los propietarios tienen la responsabilidad de garantizar un ambiente seguro para sus clientes.
Secuelas del ataque
Las constancias médicas indican que el ataque dejó múltiples secuelas en el rostro del joven, incluyendo cicatrices visibles, pérdida de sensibilidad y deformidad permanente. Inicialmente, se diagnosticó una incapacidad física parcial y permanente del 44,8%, que luego fue reducida al 22,45% por un perito oficial. Este cambio en el diagnóstico refleja la complejidad de las lesiones y la evaluación médica que se realizó posteriormente. Se recomendó tratamiento continuo para el afectado, que incluye intervenciones quirúrgicas y terapias de rehabilitación, lo que implica un costo significativo y un impacto emocional considerable en su vida.
Las secuelas no solo son físicas, sino que también han afectado la salud mental del joven. Muchos sobrevivientes de ataques violentos experimentan trastornos de ansiedad, depresión y estrés postraumático, lo que puede complicar aún más su proceso de recuperación. La necesidad de un tratamiento psicológico adecuado es fundamental para ayudar a las víctimas a reintegrarse a su vida cotidiana.
Responsabilidad del boliche
El joven demandó a Purasal S.R.L., la empresa responsable del boliche, y a su aseguradora. Su reclamo se basó en el artículo 40 de la Ley de Defensa del Consumidor, que establece la responsabilidad objetiva del proveedor de servicios. Este artículo implica que los establecimientos deben garantizar la seguridad de sus clientes, independientemente de la culpa. La defensa del boliche argumentó que el ataque fue causado por un tercero ajeno a su organización, lo que consideraron un caso fortuito. Sin embargo, el juez tuvo en cuenta que la seguridad de los clientes es una obligación del local, especialmente en un contexto donde se sirven bebidas alcohólicas y se generan situaciones de riesgo.
La jurisprudencia en Argentina ha evolucionado en torno a la responsabilidad de los locales de entretenimiento. En este caso, el juez Zambecchi subrayó que la falta de un sistema de seguridad adecuado en el boliche contribuyó a la vulnerabilidad del joven. La implementación de medidas de seguridad, como la presencia de personal de seguridad capacitado y la vigilancia mediante cámaras, son prácticas que se esperan en estos establecimientos para prevenir situaciones de violencia.
Fallo judicial
El juez Martín Zambecchi concluyó que existía una relación de consumo entre el joven y el boliche. Afirmó que la sola presencia del joven en el local le otorgaba la calidad de usuario o consumidor, lo que implica derechos específicos en términos de seguridad y protección. Además, el juez determinó que no se había demostrado que el establecimiento contara con un sistema efectivo de seguridad privada en el momento del ataque. Esta falta de medidas de seguridad adecuadas fue un factor clave en la decisión del tribunal, ya que se espera que los locales nocturnos implementen protocolos para prevenir situaciones de violencia y garantizar la integridad de sus clientes.
El fallo también establece un precedente importante en la interpretación de la Ley de Defensa del Consumidor, reforzando la idea de que los consumidores tienen derecho a un entorno seguro al utilizar servicios de entretenimiento. Este tipo de decisiones judiciales puede influir en la forma en que los boliches y otros establecimientos de ocio gestionan su seguridad y la protección de sus clientes en el futuro.
Indemnización y apelación
La sentencia ordenó una reparación integral que incluye 1.200.000 pesos por daño emergente, 50.363.897 pesos por daño a la integridad física y 9.000.000 pesos por daño moral. Esta indemnización refleja no solo los costos médicos y de rehabilitación, sino también el sufrimiento emocional y psicológico que ha experimentado el joven desde el ataque. Para poder apelar, la parte demandada y/o la aseguradora deberán depositar previamente unos 114 millones de pesos, que incluyen capital, intereses y costas. Este monto elevado es un reflejo de la gravedad del caso y de la responsabilidad que se le atribuye al boliche en la protección de sus clientes.
La posibilidad de apelación por parte del boliche y su aseguradora podría prolongar el proceso judicial, lo que podría generar más incertidumbre para el joven afectado. Sin embargo, la decisión del juez ha sentado un precedente que podría influir en futuros casos similares, promoviendo una mayor responsabilidad por parte de los establecimientos de entretenimiento nocturno.
Cierre
Este fallo resalta la responsabilidad de los locales nocturnos en la seguridad de sus clientes. La decisión del Juzgado Civil y Comercial N° 4 de Mar del Plata establece un precedente importante en la jurisprudencia relacionada con la seguridad en el entretenimiento nocturno. Se espera que la parte demandada evalúe sus opciones legales tras la sentencia, lo que podría incluir una apelación que podría prolongar el proceso judicial. Este caso también pone de manifiesto la necesidad de que los establecimientos implementen medidas de seguridad más estrictas para prevenir incidentes similares en el futuro, garantizando así un ambiente más seguro para todos los asistentes.
La seguridad en los locales de entretenimiento es un tema que debe ser abordado con seriedad, no solo por los propietarios, sino también por las autoridades locales que regulan estas actividades. La implementación de normativas más estrictas y la promoción de buenas prácticas en la gestión de la seguridad podrían contribuir a reducir la incidencia de violencia en estos espacios, protegiendo así a los consumidores y promoviendo un ambiente de diversión y esparcimiento más seguro.